lunes, 13 de diciembre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 7094/0. - Suscripto 24/11/10. Secretaría Nº 8.
- EXP Nº 6081/0. - Suscripto 29/11/10. Secretaría Nº 8.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 19 de noviembre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 17830/0. - Suscripto 17/11/10. Secretaría Nº 8.


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 29 de octubre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 6145/0. - Suscripto 22/10/10. Secretaría Nº 8. -
- EXP Nº 28645/0. - Suscripto 18/10/10. Secretaría Nº 8. -

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 22 de octubre de 2010

MALNATTI "EL CIUDADANO" VISITA EL JUZGADO

Acceda aquí al video de la nota emitida en el noticiero "telenoche" el día 20 de octubre de 2010.

http://www.eltrecetv.com.ar/telenoche/nota/39429/la-justicia-en-carretilla

miércoles, 20 de octubre de 2010

Información sobre Cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

EXP Nº 12190/0. - Suscripto 18/10/10. Secretaría Nº 8. -


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 6 de octubre de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 24669/0. - Suscripto 09/09/10. Secretaría Nº 8.
- EXP Nº 2626/1.- Suscripto 31/08/10. Secretaría Nº 8.-


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

lunes, 13 de septiembre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 16291/0. - Suscripto 10/09/10. Secretaría Nº 8.
- EXP Nº 7884/0.- Suscripto 31/08/10. Secretaría Nº 8.
- EJF Nº 629581/0. - Suscripto 31/08/10. Secretaría Nº 8.
- EXP Nº 28595/0.- Suscripto 27/08/10. Secretaría Nº 8.


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 10 de septiembre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 9241/0. - Suscripto 07/09/10. Secretaría Nº 8.
- EJF Nº 6827/0.- Suscripto 20/08/10. Secretaría Nº 8.



*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

jueves, 9 de septiembre de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 212050/0. - Suscripto 31/08/10. Secretaría Nº 8.



*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

martes, 24 de agosto de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 183449/0. - Suscripto 02/08/10. Secretaría Nº 8.


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

lunes, 23 de agosto de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 16291/0. - Suscripto 13/08/10. Secretaría Nº 8.


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

martes, 3 de agosto de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EJF Nº 805084/0. - Suscripto 14/07/10. Secretaría Nº 8.



*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 16 de julio de 2010

NOVEDADES

Expedientes requeridos "ad effectum"
Hágase saber a los magistrados, funcionarios y letrados que a fin de garantizar un adecuado servicio de justicia los expedientes en trámite no podrán ser remitidos a otros tribunales "ad effectum videndi et probandi". No obstante ello, el tribunal facilitará vías alternativas tales como vistas en horarios hábiles judiciales y fuera de ellos, a convenir en cada caso, asi como la extracción de fotocopias (a cargo del requirente) las que serán certificadas por el Actuario.

jueves, 15 de julio de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 15406/0. - Suscripto 13/07/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 14 de julio de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 4140/0. - Suscripto 08/07/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

jueves, 8 de julio de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 13576/0. - Suscripto 22/06/10. Secretaría Nº 8.
- EXP Nº 13576/0. - Suscripto 02/07/10. Secretaría Nº 8.



*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 5072/3. - Suscripto 25/06/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 7 de julio de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 590187/0. - Suscripto 30/06/10. Secretaría Nº 7.

- EXP Nº 663490/0. - Suscripto 30/06/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 665423/0. - Suscripto 10/05/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

jueves, 17 de junio de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 849142/0. - Suscripto 15/06/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 16 de junio de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 3753/0. - Suscripto 08/06/10. Secretaría Nº 8. (19 cheques)


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 9 de junio de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 8623/0. - Suscripto 14/05/10. Secretaría Nº 7.

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

martes, 8 de junio de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 26839/0. - Suscripto 18/05/10. Secretaría Nº 8.


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

martes, 1 de junio de 2010

Novedades

DOCUMENTO CONFERENCIA DE PRENSA DIA 26 DE MAYO 2010, 15 hs.

Es garantía de los ciudadanos que las decisiones judiciales sean adoptadas con independencia de toda influencia política, más aún donde en cada contienda se encuentra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires como ocurre en el Fuero Contencioso Administrativo.
Y aunque una primer lectura de la Constitución induzca a creer que el Poder Judicial está ceñido a los límites de la resolución de conflictos, lo cierto es que también tiene a su cargo la tarea de control para vedar o impedir las decisiones gubernamentales que se apartan de la legitimidad o vulneran garantías constitucionales.
Esta es una verdadera “función maldita” de los Jueces que halla sustento en la voluntad política de la Ley suprema.
Llevar a cabo esa voluntad constitucional, que es la del control de los actos del Gobierno, exige se eviten los abusos estatales, que el poder sea capaz de detener al poder, de ponerle un freno cuando se profanan las garantías de los ciudadanos.
Las decisiones judiciales no están concebidas para satisfacer opciones políticas y su razón de ser no está en la respuesta a las coyunturas que se presentan en el Gobierno de turno.
Como es evidente, las decisiones judiciales deben ajustarse al derecho que le es dado aplicar al juez, con prescindencia de los efectos adversos que puedan generar en el ánimo colectivo o del gobernante.
La infusión del temor mediante las acometidas impetuosas de la conveniencia política, bien que muchas veces sea ineficaz, enferma la democracia siendo el primer deber de un juez eludir las presiones políticas y sociales, internas y externas y actuar según criterios propios.
Esto, claro está, tiene sus riesgos.
Como el que hoy ocurre a propósito de lo que quedará evidente en la Audiencia Pública del día 27 de mayo a las 10:30 horas (en Cerrito 760, sede del Superior Tribunal de Justicia), con motivo de un inexistente conflicto de poderes.
En efecto, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo de esta Ciudad, han demandado ante el Superior Tribunal de Justicia a fin de que se proceda - bajo el eufemismo de una indebida injerencia en sus respectivas funciones-, a impartir criterios de actuación a los jueces inferiores de evidente sesgo disciplinador si en el expediente el juez ha de resolver acerca de irregularidades en el procedimiento de designación de un miembro de ese Alto Tribunal.
Concretamente, ambos Poderes han solicitado al Alto Tribunal establezca que los jueces de primera instancia de este Fuero no debamos ejercer esa función de control y garantías.
Por todo ello, agradecemos hayan escuchado esta denuncia que efectuamos ante ustedes en esta conferencia de prensa y les invitamos a concurrir a la AUDIENCIA PUBLICA que se celebrará el 27 de mayo de 2010, a las 10:30 horas en la sede del Superior Tribunal de Justicia de esta Ciudad, sito en Cerrito 760.
A tal efecto, se transcriben a continuación las “medidas ordenatorias” dispuestas por el Tribunal con relación a la audiencia: “5.1. Disponer que el acceso de los medios de prensa a la Sala de Audiencias se efectúe previa acreditación ante la Oficina de Prensa del Tribuna; 5.2. Establecer que será el personal técnico autorizado por este Cuerpo el que efectuar la filmación y registro de la audiencia y que será la Oficina de Prensa quien entregará copia de ella a los medios que así lo soliciten (art. 8, ley 402); 5.3. Permitir el ingreso de un solo periodista por medio acreditado, para así garantizar la mayor pluralidad, con la sola exhibición de su credencial, sin que pueda utilizarse grabadores, cámaras fotográficas, teléfonos celulares o cualquier otro medio tecnológico que permita retransmitir las alternativas de la audiencia desde el recinto; 5.4. Asignar un sector de la Sala de Audiencias a los medios de prensa acreditados, hasta tanto sea colmada la capacidad del espacio previsto; 5.5 Establecer que el público en general que ingrese a la Asala deba identificarse en la puerta de acceso, a quienes se les hará saber que durante el desarrollo de la audiencia deberán mantener sus teléfonos celulares apagados y se les suministrará una credencial identificatoria”

Dra. Elena Liberatori Dr. Roberto Andrés Gallardo

miércoles, 26 de mayo de 2010

DIAS INHÁBILES

Se informa que el Consejo de la Magistratura de la C.A.B.A., por medio de Res. 376/2010 ha resuelto declarar los días 30/04, 4/05, 6/05 y 7/05 de 2010 como inhábiles. Asimismo se ha declarado día inhábil el 27/05 de 2010 para el Juzgado CAyT Nº4 de la C.A.B.A.

lunes, 17 de mayo de 2010

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 18231/0. - Suscripto 13/05/10. Secretaría Nº 7.

-*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 12 de mayo de 2010

Efectiva vigencia de los Derechos Sociales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

El 15 de abril de 2009 se promovió una acción de amparo contra el GCBA y el Instituto de la Vivienda a fin de que se hicieran efectivos los derechos a un hábitat adecuado y a la vivienda digna. Ello, toda vez que en virtud del programa de renovación del Núcleo Habitacional Zavaleta, la demolición de otras viviendas obligaba a las actoras a habitar entre los escombros, sin electricidad ni agua potable. Sin perjuicio que sus viviendas también se encontraban afectadas a la misma suerte, las amparistas solicitaron como medida cautelar se procediera a la remoción de los escombros y a la provisión de luz y agua. Sin embargo, a raíz de una audiencia realizada en la sede del tribunal, tuvo lugar un ofrecimiento por parte del IVC de viviendas que finalmente fueron adjudicadas a las actoras en el año 2009 y en el mes de mayo de 2010. Destacamos la importancia del trabajo judicial en colaboración con la Administración, que ha significado en este caso la concreción del derecho constitucional a una vivienda digna.

miércoles, 5 de mayo de 2010

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 8946/0. - Suscripto 26/04/10. Secretaría Nº 8-
- EXP Nº 10472/0.-Suscripto 03/05/10. Secretaría Nº 8-
- EXP Nº 8946/0. - Suscripto 26/04/10. Secretaría Nº 8-
- EXP Nº 33486/0.-Suscripto 30/04/10. Secretaría Nº8-
- EXP Nº18454/0.- Suscripto 03/05/10. Secretaría Nº8-

*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

lunes, 3 de mayo de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 10820/0. - Suscripto 28/04/10. Secretaría Nº 8-


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

miércoles, 28 de abril de 2010

NOVEDADES

Les informamos que en el link que a continuación se detalla, se encuentra publicada la entrevista de la Dra. Liberatori a la Revista Newsweek, edición Argentina.

http://martazabaleta.blogspot.com/2010/04/argentina-las-convicciones-de-una.html


Link nota: "Los fallos y las desiciones judiciales son públicos" en http://www.diariojudicial.com/

http://www.diariojudicial.com/nota.asp?IDNoticia=39983

INFORMACION SOBRE LA CAUSA TOBAR GARCIA:

Ciudad de Buenos Aires, 13 de abril de 2010.- jo
Téngase por contestado en legal tiempo y forma el traslado ordenado a fs. 2199/2200.
Habiéndose realizado la audiencia del día 09 de abril de 2010, corresponde resolver acerca del pedido de imposición de sanciones pecuniarias a los funcionarios del Poder Ejecutivo involucrados en los incumplimientos de la sentencia firme de autos, solicitada por el Sr. Asesor Tutelar en su dictamen de fs. 2011/2014.
Al respecto, en la audiencia mencionada la co-actora de autos por intermedio de su representante legal manifestó que adhería a la presentación del Sr. Asesor Tutelar Dr. Gustavo Daniel Moreno a fin de que se impongan astreintes a “todos los funcionarios responsables del incumplimiento de la sentencia firme” (ver fs 2200 in fine).
Habiendo respondido el GCBA el traslado conferido al respecto, según surge de fs. 2201/2205 corresponde resolver:
Atento las constancias de autos, y en especial, de las circunstancias fácticas de las que da cuenta el acta de la audiencia realizada el día 09/04/2010 (fs. 2199/2200), encuentro reunidos, en principio, los motivos suficientes para que la Honorable Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en ejercicio de la atribución conferida por el Art. 92 de la Constitución de esta Ciudad, proceda a la destitución del Sr. Ministro de Salud Dr. Jorge Daniel Lemus por incurrir en la causa de mal desempeño en relación a las obligaciones a su cargo que resultan incumplidas o, en todo caso, cumplidas parcial e insatisfactoriamente con relación al Hospital Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A tal efecto, líbrese el oficio de estilo al que se agregara una copia de la sentencia firme de autos y del acta del día 09/04/2010.
Asimismo hágase saber mediante oficio al Sr. Presidente de la Comisión de Salud de la Honorable Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Dr. Jorge Selser, a sus efectos.

Elena Amanda Liberatori
Jueza
Contencioso Administrativo y Tributario
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ciudad de Buenos Aires, 22 de abril de 2010.-
Atento lo dispuesto a fs. 2272, in fine, y dada la presentación efectuada en el día de la fecha por el Señor Procurador General Adjunto de Asuntos Institucionales y Empleo Público d ela Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Dr. Juan Martín ALTERINI, en virtud de la cual acompaña copias certificadas 1) del Decreto 310 del día 21 de abril de 2010, en cuya parte resolutiva se aprueba el Adicional Nro. 4 de las obras de refuncionalización del Hospital TOBAR GARCIA por un monto de $ 525.499,83, la ampliación de plazo de obra, el nuevo Plan de Trabajos y curva de inversión de que dan cuentan los Anexos II y III; 2) del Decreto 315 de fecha 21 de abril de 2010 por el cual se efectúan seis designaciones de Instructores de Deportes y Recreación; 3) Resoluciones Conjuntas de los Sres. Ministros de Salud y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nros. 719, 695, 696, 694, 693, todas de fecha 19 de abril de 2010 en razón de las cuales se designan 10 técnicos administrativos, un ascensorista, correo y ordenanza, 5 telefonistas, 2 instaladores sanitarios, 2 electricistas instaladores, 1 pintor; 1 psicóloga; 1 fonoaudióloga; 3 psicólogas, 4 terapista ocupacional, con más documentación en copia de las designaciones de profesionales (asistentes de pediatría y psiquiatría, médicos de planta, etc.) ya efectuadas en los meses de noviembre y diciembre de 2009, enero, marzo y 8 de abril de 2010, déjase sin efecto el pedido de juicio político efectuado por quien suscribe con respecto al Señor Ministro de Salud Dr. Jorge Daniel LEMUS con fecha 14 de abril de 2010, según surge de fojas 2250 y 2251. En consecuencia, líbrese oficio al Señor Vicepresidente Primero a cargo de la H. Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Lic. Oscar MOSCARIELLO y al Señor Presidente de la Comisión de Salud Dr. Jorge SELSER.

Elena Amanda Liberatori
Jueza
Contencioso Administrativo y Tributario
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Información sobre cheques

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 8623/0. - Suscripto 26/04/10. Secretaría Nº 7-

-*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 23 de abril de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 7839/0. - Suscripto 21/04/10. Secretaría Nº 8-
- EJF Nº 756987/0.- Suscripto 15/04/10. Secretaría Nº 8-


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

jueves, 22 de abril de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 22971/0. - Suscripto 12/04/10. Secretaría Nº 8-
- EJF Nº 805085/0.- Suscripto 19/04/10. Secretaría Nº 8-



*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

martes, 20 de abril de 2010

NOTICIAS DESTACADAS 20/04/10. PAGINA 12

SOCIEDAD › UN FALLO DE LIBERATORI CONFIRMO UN MATRIMONIO GAY ANULADO
La anulación de la anulación
Corresponde al primer matrimonio entre mujeres, que ya fue legalmente habilitado, anulado y anulada su anulación, lo que vuelve a su permiso. La jueza Liberatori, además, ordenó investigar cómo las apelaciones católicas recaen en los mismos jueces.
Por Soledad Vallejos
Para “resguardar los derechos jurídicos adquiridos” de Norma Castillo y Ramona “Cachita” Arévalo, la jueza porteña Elena Liberatori anuló la anulación que pendía sobre el matrimonio celebrado el 9 de abril. En la misma resolución, a la que este diario tuvo acceso, la titular del juzgado porteño Nº 5 solicitó a la jueza nacional Martha Gómez Alsina, responsable de la medida cautelar de anulación, que “tenga a bien inhibirse de seguir entendiendo” en el tema, ordenó el secuestro del acta que registró la boda y libró oficios a los consejos de la Magistratura porteño y nacional para “denunciar la afectación de la autonomía” de la Justicia de la ciudad “en virtud de la grosera intromisión”. Y en caso de que Gómez Alsina “discrepe”, Liberatori invitó a su par “a someter la controversia a la Corte Suprema de la Nación”. La jueza porteña también puso de relieve una casualidad notable: la tendencia a que aparezcan los nombres de Gómez Alsina y el también juez nacional Félix de Igarzábal al sortearse estas causas sobre matrimonio civil. Por ello, su resolución también indica “librar oficio a la Oficina de Sorteos” de la Cámara de Apelaciones, para averiguar datos de la presentación iniciada por el abogado Ernesto R. Lamuedra, que derivó en la anulación comunicada mediáticamente.
Tras conocer el fallo, la Federación Argentina LGBT (FALGBT) reafirmó en un comunicado que “ninguno de los (cuatro) matrimonios entre parejas del mismo sexo fue legalmente anulado en Argentina”, y anunció que hoy denunciará ante el Consejo de la Magistratura a Gómez Alsina y su colega Félix de Igarzábal, quien durante el verano buscó anular otro casamiento autorizado por Liberatori, el de Damián Bernath y Jorge Salazar.
Hasta ayer en la noche, la pareja afectada por la anulación, pedida por un tercero, cuyo nombre se repite en otras causas similares, no había sido notificada. (Tampoco hasta anoche lo había sido, por otra parte, el matrimonio Di Bello-Freyre, que a fines de la semana pasada se enteraba, por los medios, de la resolución del juez fueguino Marcos Meillien.) El fallo de Liberatori también se hizo eco de esa poco habitual manera de dictar resoluciones. Su fallo da cuenta de que las esposas “refieren (...) trascendidos periodísticos que mencionan que habría una orden de esa jueza de la Nación (por Gómez Alsina)”, que todo cuanto saben del caso Castillo y Arévalo “ha sido difundido por medios periodísticos, toda vez que (...) no han sido notificadas”.
Luego de días de trascendidos, el fallo de la jueza porteña resolvió “declarar la nulidad” de lo resuelto por Gómez Alsina a pedido de Ernesto Ricardo Lamuedra, un señor de ideas recurrentes: en noviembre del año pasado, intentó infructuosamente que un juzgado obligara a Mauricio Macri a apelar el fallo por el cual la jueza porteña Gabriela Seijas autorizó la primera boda entre varones de Argentina; en marzo de 2010 pidió a Igarzábal que anulara la boda entre Bernath y Salazar. Gómez Alsina, por otra parte, no había sido una jueza de actuación pública hasta fines del año pasado. Su nombre sólo había aparecido en los medios en 2006, porque, tras un año de alejamiento por orden judicial, había restituido la tenencia de un niño de tres años a su madre, y poco después el pequeño murió, por una golpiza que ella y su pareja le propinaron. Pero en diciembre de 2009 su nombre circuló cuando dictó la medida cautelar que impidió que José María Di Bello y Alex Freyre se casaran en suelo porteño.Un señalamiento de esas coincidencias formarán parte, también, de la denuncia que presentará al Consejo de la Magistratura la Falgbt, según indicó su presidenta María Rachid.
En tanto, sigue en pie la posibilidad de que mañana la Cámara de Diputados trate el proyecto de matrimonio civil para todas y todos. El presidente de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), César Cigliutti, pidió a Eduardo Amadeo (PF) y Gladys González (PRO) que retiren los proyectos de enlaces civiles, “introducidos tardíamente”. “No fueron discutidos en las sesiones públicas de las comisiones”, señaló en un comunicado. Por lo demás, la víspera de una posible sesión histórica despierta pasiones. Por un lado, el pastor Rubén Proietti (titular de la Federación Alianza Cristiana de Iglesias Evangélicas de la República Argentina –Faciera–, vinculado al mediático pastor Luis Palau y con llegada directa al macrista Santiago de Estrada) y el pastor Rubén Solomone (presidente de la Federación Confraternidad Evangélica Pentecostal –Fecep–) desde hace días vienen convocando a sus adeptos al Congreso, para esta tarde, porque “el proyecto de ley de matrimonio homosexual avanzó peligrosamente.” Prometen “un lema tan dramático como poderoso: un mensaje de los niños: ‘queremos mamá y papá’”. En tanto, la ONG católica Centro Nueva Tierra manifestó en una carta abierta su apoyo a la Falgbt y señaló que “incluso en el seno de la Iglesia Católica hay –y podría haber muchos más si las posiciones de la jerarquía no fueran tan persecutorias e hipócritas– espacios de aceptación”.
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miércoles, 14 de abril de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 24315/0. - Suscripto 09/04/10. Secretaría Nº 8- (2 cheques)
- EXP Nº 7839/0.- Suscripto 08/04/10. Secretaría Nº 8-
- EXP 3796/0.- Suscripto 12/04/10. Secretaría Nº 8-
- EXP 22971/0.- Suscripto 12/04/10. Secretaría Nª 8-


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

lunes, 12 de abril de 2010

INFORMACION SOBRE CHEQUES

Se comunica a los Sres. Profesionales que se encuentran disponibles para su retiro -una vez consentidos- los siguientes cheques:

- EXP Nº 18459/0. - Suscripto 29/03/10. Secretaría Nº 8-
- EXP Nº 1288/0.- Suscripto 25/03/10. Secretaría Nº 8-


*Esta información se encontrará actualizada a partir del 07/08/09. Por lo tanto no comprenderá los suscriptos con anterioridad.

viernes, 9 de abril de 2010

Información de cheques

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miércoles, 31 de marzo de 2010

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martes, 30 de marzo de 2010

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lunes, 29 de marzo de 2010

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jueves, 25 de marzo de 2010

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lunes, 15 de marzo de 2010

ENTREVISTA PAGINA 12 Suplemento SOY, Viernes, 12 de marzo de 2010

Pagina 12 Suplemento SOY

Viernes, 12 de marzo de 2010

ENTREVISTA. La Justicia, ¿divina?

Al cierre de este suplemento, el juez Félix Igarzábal, titular del Juzgado Nacional en lo Civil Nº85, ordenaba la anulación del matrimonio entre Damián Bernath y Jorge Salazar, por considerarlo contrario al Código Civil. La jueza Elena Liberatori, quien dio lugar al amparo en la ciudad de Buenos Aires, reflexiona aquí sobre esta saga judicial. Un juego de enredos que deja al descubierto la urgente necesidad de que el Congreso debata la reforma de la ley de matrimonio civil.

¿Qué evaluó usted concretamente para dar lugar al amparo?

—Antes que nada te quiero decir que estoy muy contenta con mis amigos y colegas de Chubut por la decisión de autorizar el aborto a la chica violada. Sobre el amparo, te digo que hay una cuestión central, que son los derechos fundamentales de las personas, y además la incorporación a la legislación interna de todo un plexo normativo internacional también referido a los derechos fundamentales. Nuestra misión más importante es otorgar vigencia y eficacia a esos derechos, que están reconocidos a todas las personas desde la Constitución Nacional, nuestra Constitución porteña y por todos los tratados que al respecto existen.

O sea que el amparo fue un modo de cumplir con su deber.

—Fue una decisión natural y no presenta ninguna excepcionalidad porque nuestra tarea es poner en acto los derechos fundamentales.

¿Qué pasa con las parejas que no caen en el juzgado de la jueza Liberatore o de la jueza Seijas?

—Y... no tienen suerte (se ríe). La cuestión acá es la presión enorme de la Iglesia Católica y también una presión interna dentro de nuestro propio Poder Judicial, porque el Ministerio Público Fiscal ha tenido una actitud errática en este tema. En mi caso, está teniendo una posición contradictoria con la que tuvo en el caso de la jueza Seijas, o sea en ese momento no apelaron, éramos competentes. En mi caso, la fiscal Giocco primero dictaminó que soy competente, pero no obstante eso apeló la sentencia.

¿Qué opina de este pedido de anulación de matrimonio?

—Es un mamarracho jurídico porque un juez está estructurado en las leyes, en qué competencias tenemos y cuáles son las vías procesales que se deben respetar. La remisión natural de mis decisiones la hace mi cámara en lo contencioso administrativo. Ahora, que un juez, como en este caso, civil de la nación, pretenda anular una decisión de este juzgado, eso introduciría un entrevero fenomenal.

¿Qué imagen da ante la sociedad una Justicia que se contradice tanto?

—No hablemos de contradicciones. Acá hablamos por un lado, de una Justicia de la ciudad de Buenos Aires que hace las cosas como corresponde y de una Justicia de la Nación que no está haciendo las cosas como debe. Es un proceder indebido de este juez que desconozco quién es. Ahora bien, desde la sociedad, es cierto: ¿qué credibilidad puede tener la gente en la Justicia si los jueces arman estas jugarretas?

¿Qué están haciendo los jueces que apelan?

—Lo hacen para dañar la decisión tomada y el hecho producido, que es el matrimonio de esta gente. Esto está hecho para perjudicar, y lo más condenable de esta actitud es que se hace no por principios jurídicos sino por una creencia religiosa. Con respecto a que mi fallo viola el Código Civil, que digan lo que quieran, todos podemos decir lo que queramos y al respecto no tengo nada que agregar. Me gustaría señalar que la postura del otro juez no aporta nada, yo le preguntaría cuál es su propuesta para que estas personas tengan su derecho eficaz, porque acá lo único que advierto son críticas pero ninguna propuesta. Si ellos anulan mi decisión porque tienen una mejor en función de los derechos de estas personas, estaría de acuerdo, pero sé que no es así.

¿Durante estos días recibió presiones de parte de sus pares?

—Nadie me llamó, pero sí la Corporación de Abogados Católicos ha hecho presentaciones en el expediente, me dicen que yo debo hacer tal o cual cosa pero no aclaran qué intervención procesal van a tomar. Un expediente se sujeta a reglas procesales, no a lo que cada uno de nosotros se nos ocurre. Cuando les digo que adecuen su presentación a las reglas procesales no contestan y van a juzgados civiles donde se me obliga a entregar el expediente. Hay una petición concreta de estos abogados pidiendo que yo remita en 24 horas el expediente a la fiscal Giocco. Yo entiendo que eso es una presión directa hacía mí y hacia la fiscal Giocco.

Ud. declaró que fue fácil este fallo porque en esta pareja había amor. Los heterosexuales no necesitan demostrar que se aman para casarse...

—Claro, en la realeza se casaban por los bienes y por las guerras. Hay una serie muy linda, Los Tudor, donde se ve cómo se pactaban las uniones desde los 4 años de edad. Ahora estoy esperando la cuarta temporada. Lo que yo sostengo, y por lo que respondí eso sobre el amor, es que no hay ninguna complejidad en este caso. No me produce complejidad una cuestión que atañe a los sentimientos de las personas. Tenemos, por un lado, este sentimiento de amor y, por otro lado, tenemos algo muy valioso, que es el afán de esas personas de encuadrar su vida privada en la ley, cuando justamente siempre decimos que los argentinos somos un país poco aferrado a la ley. Muchas veces se ha hablado de la anomia como una característica de la idiosincrasia argentina, entonces que las personas quieran conformar su vida de acuerdo con la ley me parece que es un valor a tener en cuenta.

Aquí entraría a jugar el Código Civil.

–Exacto. Es gente que quiere vivir conforme a la ley, pero esa ley no los ha contemplado, y el Código civil establece qué se hace con los casos no contemplados. No pueden quedar casos irresueltos. Y para eso las propias normas se pueden interpretar, como en este caso. La jueza Seijas lo detalló en su sentencia, yo tomé parte de su sentencia, me remití a su fallo.

¿Ud. conoció a la pareja?

—Sí. Vinieron al juzgado a notificarse. Uno de ellos es médico veterinario, una profesión que me hubiera encantado tener. Ellos contaron que hace 12 años están juntos, su abogada tiene una relación de dos décadas con ellos.

¿Si no los hubiera conocido hubiera fallado igual?

—Sí, por supuesto. No siempre conozco a las partes, pero hay ciertos casos entrañables y éste es uno. Me parece siempre muy delicado esto de incidir en la vida privada de las personas. Hay una expresión latina que dice fumus boni iuris, que es algo así como “hay olor a buen derecho”, estas personas están planteando algo que tienen razón. Yo le digo a la gente del juzgado que no perdamos de vista que atrás de los expedientes hay personas. A mí me importa mucho además reparar la imagen de la Justicia en la gente. Cuando la gente acude a las instituciones es porque está en una situación desesperada o necesitada, y eso es muy importante. Que el que acude encuentre un servicio de justicia.

¿Qué mensaje les está dando el Poder Judicial a los otros dos poderes con este fallo?

—Hay proyectos legislativos para actualizar el Código Civil al respecto, en función de todas estas normas que nos hablan de no discriminación por razón de sexo. Porque ésta es una cosa que se soslaya, es cierto que el Código Civil alude a la unión de mujer y hombre, pero estamos viendo de que hay otras uniones de amor: esos casos tienen una condición superadora en común, y es que se trata de seres humanos. En base a ese esquema sencillo es que solucioné el caso sin declarar la inconstitucionalidad del Código Civil. Lo que sí es cierto es que no puede ser que cada vez que una pareja homosexual desee casarse, deba acudir a los tribunales: ése es un tema que el legislador debe tener en cuenta y hacerse cargo.

Es un tema de la legislatura más que un tema “judicial”.

—Pero no por eso de que “estamos colapsados”, porque nosotros siempre estamos funcionando, sino porque es una ineficiencia en general de la sociedad y es una mortificación para ciertas personas por tener que, por sus cuestiones privadas, el tener que acudir a los tribunales a resolverlas, y dependiendo del juez que les toque. Eso es tremendamente injusto, como en una época se planteaba con el divorcio. Se trata del derecho de otro y de la felicidad de otro.

¿Recibió críticas por este fallo a nivel personal, familiar?

—Las reacciones generales fueron de apoyo pero hubo gente, que me conoce mucho y sé que me aprecia, que me criticó fuertemente. El domingo hubo una reunión familiar y no se tocó el tema. No se habla porque hay posiciones, en mi familia hay pensamientos distintos y deslindamos estas cuestiones. ¿Para qué hablar de esto si va a haber pelea? Por otro lado, mucha gente confunde este tema con el de León Ferrari, pero no tienen nada que ver. Aquel caso, con todos los palos que recibí, tiene un backstage que muy pocas personas conocen: yo nunca propuse la censura, de hecho cuando me decían que era cuestión de sacar alguna parte de la obra, yo me oponía. Lo que entendí en ese momento es que había gente que se sentía ofendida, y para mí eso resultaba verosímil y el Código Civil lo contempla. Yo sigo defendiendo ese fallo.

¿Usted es creyente?

—Esas preguntas no las contesto. ¿Ustedes por qué hacen esas preguntas? Eso es un afán de buscar etiquetas. Ustedes quieren saber si tengo hijos para preguntarme “si tiene hijos y es creyente, ¿qué pensaría si fuera gay”?

¿Qué relación tiene con la comunidad gay?

—En algún momento, la CHA hizo una crítica horrible de mí, ya no me acuerdo por qué, pero la hicieron. Ellos se acordarán. No tengo trato con las instituciones, por supuesto que vivo en la realidad y conozco gente que su preferencia sexual es ésa pero nada más. A nivel profesional, no es una materia de la que yo me haya ocupado. Ahora tengo otro amparo de dos mujeres, me provoca un interés especial porque sé que estoy ayudando a correr la alambrada pero como tema en sí no me apasiona, mis temas siempre han rumbeado para el lado del derecho público.

¿Estaría de acuerdo con la adopción legal de parejas del mismo sexo?

—Sí, por supuesto. El año pasado ordené a la ObSBA cubrir un tratamiento de fertilización de dos mujeres que podían tener un hijo en común, una puso el óvulo y la otra la gestación, con lo cual era maravilloso. Espero que tengan suerte. Y la adopción también, porque hay tantas familias “normales” que viven en un ambiente de violencia doméstica aterrador, y está visto que no pasa por la condición sexual, sino por cómo son esas personas. Hay familias ensambladas, familias tipo, esto ha cambiado mucho. En algún momento a mí me dio un remezón interno: porque yo decía estas dos palabras “mi familia”, y me daba cuenta de cómo habían cambiado a través de mi vida. A los cinco años no es la misma que a los 25 y no es lo mismo a los 40 y no es la de hoy. Tuve una familia de un modo y hoy tengo una totalmente distinta, ya sea por las ausencias, por los que vienen. Entonces no es un concepto estático, es algo dinámico que está siempre cambiando. Y a eso agreguemos lo sociológico. Yo lo tomé de Seijas en la sentencia, sin duda la decisión puede ser considerada por alguien como una afrenta en función de sus creencias religiosas, pero los derechos fundamentales no pueden ser reconocidos en la medida de una creencia religiosa. La medida de los derechos no está puesta por la Iglesia, como en este caso. Los derechos fundamentales son para los católicos y los no católicos. Yo fui excluida, yo fui discriminada y es horrible, así que “Let it be”, como decía Lennon, dejemos ser al otro.

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viernes, 12 de marzo de 2010

NOTICIAS DESTACADAS PAGINA/12 11/03/2010

Conflicto en la Justicia por el matrimonio gay

La jueza que autorizó el casamiento entre dos hombres pidió investigar por “mal desempeño” al juez que busca anularlo. Y secuestró el acta de la boda para resguardarla.
El juez que buscó anular el matrimonio de Damián Bernath y Jorge Salazar sufrió ayer no uno, sino tres reveses, a cual más grave. En primer lugar, la jueza porteña Elena Liberatori incautó en el Registro Civil el acta matrimonial donde consta la boda, mientras que los cónyuges le entregaron voluntariamente su libreta de familia, para resguardarla. En segundo, Liberatori libró un oficio al juez Félix de Igarzábal para que se inhiba de seguir adelante con la causa en la que dictó la anulación, y entregue en su juzgado el expediente. En tercero, la misma jueza denunció a De Igarzábal ante el Consejo de la Magistratura porteño, y también ante el Consejo de la Magistratura de la Nación. La magistrada confirmó todas las gestiones en diálogo con este diario, al tiempo que explicó los motivos de sus decisiones. “Me gustaría que fuese comprendido en toda su dimensión: lo que hizo el juez (Félix de) Igarzábal es jurídicamente aberrante. Y además conmueve y perjudica la confianza que los ciudadanos tienen que tener en las instituciones de la Justicia. Una actuación como la que exhibe este magistrado es mal desempeño y desconocimiento del derecho.”

Las actuaciones de ayer se adelantaron, así, a los posibles efectos del fallo que De Igarzábal dictó como titular del Juzgado Nº 85 de la Cámara Civil de la Nación, y con el que buscó intervenir sobre el fuero contencioso administrativo porteño, en el cual Liberatori tiene a su cargo el tribunal Nº 4.

La magistrada indicó a Página/12 que “fue incautado el libro del acta matrimonial en cuestión, para evitar que jueces incompetentes estén interviniendo o tomando decisiones con relación a los efectos de mi sentencia. Se trató de una medida en resguardo de mi sentencia. Para permitir que nuestra Justicia y nuestro fuero puedan trabajar tenemos que andar tomando previsiones inéditas. Ahora tenemos que estar previendo que otros magistrados de otras jurisdicciones y que no tienen nada que ver en un expediente estén tomando decisiones que cambian nuestras resoluciones. Eso y recibir la libreta de familia, que los propios cónyuges entregaron al juzgado para ser custodio del documento, no es más que un acto de resguardo”. Con esas medidas, la jueza dio lugar a un pedido que el día anterior había realizado, en nombre del matrimonio, la abogada Florencia Kravetz.

“El juzgado de Liberatori es el único al que le reconocemos competencia –señaló por su parte la abogada–. Y por otra parte, para mí, que no estoy notificada de la sentencia de De Igarzábal, sigue firme el matrimonio de Bernath y Salazar. El acta está a disposición del juzgado de Liberatori, pero ellos siguen legalmente casados.”

También fue a pedido de Kravetz que Liberatori resolvió pedir a De Igarzábal que se abstuviera de continuar adelante con el expediente de anulación, iniciado por la demanda del abogado Ernesto Lamuedra. La resolución solicita al juez nacional que abandone sus intervenciones en el pedido de anulación y entregue el expediente a Liberatori, con lo cual la jueza hace uso de una figura habitual de los procesos judiciales para dirimir fueros competentes. De Igarzábal, que fue notificado en la mañana de ayer, tiene sólo dos posibles respuestas: o aceptar la inhibición y enviar el expediente al juzgado de Liberatori, o pedir a la Corte Suprema que dirima el conflicto de jurisdicciones abierto con su sentencia.

–¿Por qué se dirigió al Consejo de la Magistratura porteño y también al nacional en este caso? –preguntó Página/12 a la jueza.

–Envié oficios al Consejo de la Ciudad de Buenos Aires porque hay una ley porteña que pone a cargo del Consejo la obligación de velar por la independencia judicial, que entiendo que ha sido avasallada por mi colega del fuero civil nacional. Y también libré un oficio al Consejo nacional a los fines de que eventualmente intervenga con respecto a la intromisión en que incurre este magistrado, al intentar anular mi resolución desde un Poder Judicial extraño, porque es magistrado de la Nación, no de la Ciudad. Me gustaría que fuese comprendido en toda su dimensión: lo que hizo el juez De Igarzábal es jurídicamente aberrante. Y además conmueve y perjudica la confianza que los ciudadanos tienen que tener en las instituciones de la Justicia. Una actuación como la que exhibe este magistrado es mal desempeño y desconocimiento del derecho.

–¿Cuáles son los plazos para la respuesta de De Igarzábal?

–El pedido fue en la mañana (de ayer miércoles), se lo comunicamos mediante oficio. Pero tiene que ser pronto, no hay mucho por resolver: es entregarme el expediente o no, y en ese caso remitirlo a la Corte Suprema. Pero debe ser pronto. Es una cuestión de gravedad institucional. Hasta el viernes voy a aguardar la respuesta.

–¿Tuvo repercusión la sentencia de De Igarzábal en el fuero porteño?

–Sí, y cuento con un amplísimo y cálido respaldo de todos mis colegas del fuero contencioso administrativo de la ciudad. No hay que olvidar que esta actuación de la Justicia civil tiene también un precedente en el caso de Freyre y Di Bello, en el que había fallado la doctora Gabriela Seijas (cuya intervención habilitó judicialmente el primer casamiento entre varones de Argentina). Quiero decir que ya hubo un avasallamiento similar a éste (NdR: el mismo juzgado que ahora pretende anular el matrimonio de Bernath y Salazar obligó a suspender la primera fecha de casamiento de aquella otra boda.) Es la segunda vez que se nos desconoce. Es como que yo vaya al juzgado de De Igarzábal, donde supongo que se resuelven divorcios, y diga “no, este divorcio es nulo”, “aquel otro divorcio también es nulo”, “tal otro es nulo porque vino Don Pepe de la otra cuadra y dijo que el orden social está alterado por esta sentencia de divorcio”. Es aberrante lo que ha pasado, y no entiendo cómo no hay una reacción generalizada que diga “qué jueces tenemos”. Esto responde a otro juego de intereses y presiones. Está claro, a esta altura. A mí me gustaría conocer a este ciudadano tan preocupado por la vida de los demás que presentó la demanda a De Igarzábal. Ese ciudadano estará preocupado por las vidas, pero no por los derechos de los demás. Creo que son profesionales de esto, además de ser funcionales a otros intereses.

Informe: Flor Monfort.

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miércoles, 10 de marzo de 2010

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viernes, 5 de marzo de 2010

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jueves, 4 de marzo de 2010

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lunes, 1 de marzo de 2010

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miércoles, 24 de febrero de 2010

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viernes, 19 de febrero de 2010

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viernes, 5 de febrero de 2010

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jueves, 4 de febrero de 2010

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martes, 2 de febrero de 2010

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